NOTAS AL TEMA
PAPELES DE PANAMÁ: OTRAS ENSEÑANZAS
Guillermo E. Zúñiga
Chaves
Hablando
de algunas enseñanzas que empiezan a dejar los “papeles de Panamá”, decía la semana pasada que las personas y las
empresas tienen todo el derecho de mover sus capitales y su
riqueza donde se sientan más cómodos. Y agregaba que si esos recursos generan réditos a sus
dueños, estos deben ser sujeto de gravamen, por lo que se debía
establecer la renta mundial.
Algunos lectores encontraron una contradicción en mis
argumentos, pues por un lado decía que muchos de esos movimientos a plazas
externas son legales, y al mismo tiempo decía que debíamos avanzar hacia gravar
la renta mundial. No hay tal contradicción, pues precisamente el día que se incluya en nuestra legislación
el concepto de renta mundial, se estarán “cerrando portillos”, y algunas de las
actividades que hoy resultan legales, dejarían de serlo.
INTERCAMBIO DE
INFORMACIÓN. Se anunció que en el pasado el país ya
había pedido a Panamá firmar un acuerdo de intercambio de información de
interés tributario. Se avanzó poco; por
lo que se ha solicitado de nuevo.
Desde hace bastante tiempo Costa Rica ha venido firmando acuerdos de intercambio de información de
relevancia tributaria con una gran cantidad de países. Hoy en día existen
convenios de este tipo con más de 60 países. Y las autoridades han anunciado
que esperan firmar otros en los próximos meses. Inclusive, hay algunos
convenios en la Asamblea Legislativa esperando ser ratificados.
Esta es una práctica mundial normal que le ayuda al país
a mostrar buen compartimiento internacional y le ayuda también a los administradores
tributarios a desarrollar sus trabajos.
Por ello, esto se hace, no solo por exigencias de la OECD u otro organismo,
sino más bien, porque le conviene al país y
a la sociedad en su conjunto.
REGISTRO DEL
BENEFICIARIO FINAL. En estos intercambios de información
tributaria resulta muy relevante tener
el detalle de los dueños finales de las actividades que se realizan bajo la figura de personas jurídicas. Con frecuencia los dueños de una compañía son
a la vez otra persona jurídica. Los
nombres de las personas físicas que son dueñas de esas sociedades están registradas
en el Libro de Registro de Accionistas de cada sociedad. Si las autoridades
quieren conocer a los dueños finales, tienen que seguir un procedimiento para
que las empresas abran sus libros.
Piense el lector cómo se pueden complicar la cosas en
materia de control tributario, si una o
algunas de las sociedades que resultan ser las dueñas de sociedades en Costa Rica
están inscritas en Panamá o en otro país. La
tarea para llegar a identificar el detalle de los dueños finales y las
operaciones se vuelve muy difícil y cara.
BENEFICIARIO FINAL. De manera que le llegó la hora al registro de
accionistas. Se deberá incluir en la iniciativa que los contribuyentes deberemos
informar a las autoridades, quiénes son las personas físicas que son dueñas de
las sociedades y que, por tanto, se benefician de las utilidades y otros
rendimientos que generan esos negocios. Deben también incluirse las operaciones
que están en otros países.
El sector empresarial había señalado que un temor a una iniciativa
de este tipo, es que haya fuga de información desde los administradores de los
datos, hacia personas que no deben tener acceso a ella. Es un señalamiento al que se debe poner atención. El resguardo de esa información debe tener
el secreto de toda la información tributaria. Por ello se debe escoger una institución
que garantice esa seguridad en manejo de la información. Parece ser que el
Banco Central satisface a las partes. Ojalá que sea una salida a esta cuestión.
El otro asunto que debe incluir el proyecto de ley es un régimen de sanciones drásticas, tanto
para los funcionarios públicos que hagan mal uso de esa información, como para
las empresas que se rehúsen aportar los datos.
CONCLUYO. Estos tres temas: la
renta mundial, el intercambio de información y el registro de los beneficiarios
finales, ayudarán a “cerrar portillos”, a mejorar la inteligencia
tributaria, a aumentar el riesgo tributario y a
elevar la recaudación. Adelante con ellos.
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