NOTAS AL TEMA
AMPLIACIONES SOBRE LA REGLA FISCAL: UNA CONSULTA RESTRICTIVA
Guillermo E. Zúñiga
Chaves
Me
parece oportuno darle a los lectores mayores elementos de juicio sobre el
alcance de la “regla fiscal”. Aclaro que al momento de escribir este segundo
comentario, el proyecto de ley todavía no aparece en la página WEB del
Ministerio de Hacienda. Es decir, el
Gobierno puso a consulta una iniciativa que no hay forma de conocer en sus
detalles. Como el proyecto ya ha recibido
el apoyo de algunos sectores, incluso de editorialistas, supongo que a ellos sí
les ha llegado la versión que se consulta.
Los demás tendremos que esperar.
DE LAS PRESENTACIONES. En todo caso, las presentaciones que logré
conseguir sobre el proyecto indican cosas muy interesantes que quiero compartir
con ustedes. Son interpretaciones parciales, pero hay que ponerles cuidado. En
guerra avisada no muere soldado.
EL Banco Mundial. En
la presentación del representante del Banco Mundial se hace una pregunta: “Cuál
es el objetivo de las reglas?” Y con gran transparencia contesta que
las reglas fiscales: “Imponen restricciones a largo plazo
sobre política fiscal generalmente a través de límites numéricos sobre los
agregados fiscales”.
Es exactamente la misma idea que reseñé la semana pasada que explicaba
que la regla es una norma que limita la discrecionalidad de una administración para
definir la política fiscal; le impone restricciones a la política fiscal.
PILOTO AUTOMÁTICO.
Es claro, entonces, que el propósito es poner al “piloto automático” en el
manejo de la política fiscal. Una vez que se define la regla, no hay forma de moverse de ahí, excepto que
haya estado de emergencia declarada o bien recesión económica. Quien ejerza la
responsabilidad de conducir la política fiscal, tendrá que aplicar las cifras
que otros le definieron. No hay de otra.
Ámbito de aplicación. Una
decisión de esta envergadura, merece que se conozca en cuáles instituciones se
va a aplicar. De una lámina que parece ser de Hacienda tenemos la siguiente respuesta:
se va a aplicar en “todos los entes y órganos del sector público no financiero”,
exceptuando al Régimen de Invalidez y Muerte de la Caja Costarricense del Seguro
Social y las empresas públicas que participen en régimen de competencia, pero
solo en lo relativo a dicha actividad.
Sin querer ser exhaustivo, y solo para ilustrar, menciono que esta
regla de control de gastos corrientes se aplicaría al Poder Ejecutivo, al Poder Judicial, al Poder Legislativo, y al
Tribunal Supremo de Elecciones, y a las
dependencias y órganos auxiliares que tengan. A todas las instituciones descentralizadas, y a todas las empresas públicas,
con la excepción ya citada. Desde luego se aplicará a las universidades públicas.
ATENCIÓN ESPECIAL. Esta regla de control de gasto se aplicará
también, a juzgar por lo que ahí se dice, a todo el Régimen Municipal, lo que me hace pensar que hay roces jurídicos.
Pero lo que más me molesta es que se le aplicaría también al Régimen de Enfermedad y Maternidad de la Caja
Costarricense del Seguro Social, atacando directamente su autonomía. Que
los que saben de leyes revisen esto con cuidado. Yo estoy pensado en los efectos
prácticos de aplicar estas normas de gasto restrictivo en una institución como la Caja. ¡Eso sí puede
ser un atropello contra los asegurados!
¿QUÉ PUEDE PASAR EN CASOS EXTREMOS? De las láminas que
presentó Hacienda se lee “Medidas extraordinarias bajo deuda del
Gobierno Central superior al 60% del PIB”, que es lo que entienden como
“caso extremo”. Les cito cuatro de ellas
que ahí se anuncian: no se ajustarán por ningún concepto las
pensiones; no se realizarán incrementos
por costo de vida en el salario base ni en los incentivos; el Gobierno Central
no suscribirá préstamos o créditos en calidad de
deudor, y por último el Poder Ejecutivo no podrá
efectuar rescates financieros u otorgar subsidios de ningún tipo, salvo por ley
de la Asamblea Legislativa.
CONCLUYO. Este proyecto que por su poca
difusión parece estar en “consulta
restringida”, de ser aprobado, tendrá efectos enormes sobre las personas.
Conviene que el Gobierno lo publique cuanto antes para un mejor
conocimiento. Es que se las trae. ¿Será
por eso que no se consigue el texto?