NOTAS AL TEMA
HABLEMOS DE IMPUESTOS
Guillermo E. Zúñiga
Chaves
Para
empezar, como su nombre lo dice, estamos hablando de una imposición. Efectivamente, el Estado nos obliga a los ciudadanos a
darle una parte de nuestra plata, para financiar los presupuestos públicos. Sirven
para pagar los gastos corrientes, los gastos
para inversiones y los gastos para atender la deuda que estos presupuestos
tienen. Claro que una gran discusión es si esos gastos se justifican.
Relación poder ejecutivo y Legislativo.
La Constitución de nuestro país
sabiamente establece que los impuestos los aprueba la Asamblea Legislativa
a través de leyes específicas. El Poder
Ejecutivo no puede poner impuestos por decreto. El Ejecutivo tiene que preparar los proyectos con los impuestos
que quiere, llevarlos a la Asamblea, y negociarlos para tratar de convencer a
los diputados, es decir, a nuestros representantes. Esto es la vida en democracia: nuestros representantes
revisan lo que el Ejecutivo les envía, y deciden qué cosas apoyan y qué cosas
no avalan.
En
otras palabras, lo que sale de la Asamblea ha sido filtrado por un proceso de negociación
muy extenso. Si se llega a acuerdos, las propuestas se aprueban; si no se llega a
esos acuerdos, la ley no sale. Una u otra
decisión tendrá consecuencias. Pero la
iniciativa la lleva el Ejecutivo. Es el
Ejecutivo, entonces, el que carga con el costo político de cualquier reforma y
nuestra institucionalidad obliga a construir mayorías para que los impuestos se
aprueben.
Asunto
molesto. En honor a la verdad, a nadie le gusta pagar impuestos. Es
una cosa que molesta a los contribuyentes, pues nos están quitando dinero que
nos ha costado ganarnos. Pero la situación se pone peor si los habitantes no
sienten que el uso que se da a esos recursos es bueno; si no reciben buenos servicios
del Estado a cambio. Entonces, con más razón, pagar los impuestos se vuelve “doloroso”.
EVASIÓN DE IMPUESTOS. De ahí que la tentación
de evadir el pago de los impuestos es muy grande. Esto no está bien, pues se estaría infringiendo una ley, lo cual
acarrea responsabilidades al infractor. Inclusive ya se han conocido casos donde
contribuyentes han sido llevados a los Tribunales
Penales acusados de evadir impuestos. Tal
vez el lector recuerde un caso muy sonado, pues este Gobierno decidió conciliar,
es decir, hacer un arreglo con el contribuyente acusado, quitando el juicio a
cambio de recibir un poco de plata rápidamente.
ELUSIÓN TRIBUTARIA. Pero también se da la elusión, que es otra cosa. Como la
palabra lo señala se evita o se elude
pagar el impuesto, o se evita pagar todo, eso sí, utilizando los
mecanismos o “los portillos” que la leyes dejan. La elusión no es un delito penal; se trata de pagar lo menos posible,
utilizando los mecanismo que la ley permite, o por lagunas que las leyes
tributarias tienen. Inclusive se han desarrollado servicios profesionales que ayudan a los
contribuyentes a bajar el monto de los
impuestos a pagar, dentro del marco de la ley. Se le llama “planeamiento
impositivo”, que viene del inglés “tax
planning”.
LAS CIFRAS. Es más, algunos estudios u
opiniones dan cifras muy altas de lo que se evade en impuestos en el país. Siempre
he creído que en ese cálculo están reflejados ambos fenómenos. Una parte es por
evasión pura; pero otra parte es por elusión tributaria. En todo caso, cuando no se quieren nuevos impuestos, un
argumento que sale con frecuencia es que “se debe bajar la evasión”. Como
en los cálculos va incluida la elusión, pues a ese tema también se le debe
poner cuidado.
NECESIDAD DE INSTRUMENTOS. Ahora bien, si
se quiere bajar la elusión y la evasión
se deben dar instrumentos a la Administración Tributaria para que haga su
trabajo. Esto es, por una parte cerrar portillos en las leyes, y por otro lado
dar herramientas para el combate efectivo del evasor. Eso es parte de la discusión
en torno al Proyecto de Ley Sobre el Fraude Fiscal, que se discute actualmente
en la Asamblea. Como se puede observar, este es un tema extenso, delicado, difícil y muy importante. Continuaré.
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