sábado, 29 de julio de 2017

RIESGO DE LIQUIDEZ. 29/7/2017

NOTAS AL TEMA

RIESGO DE LIQUIDEZ

Guillermo E. Zúñiga Chaves

El que emite un bono, sea un banco, una empresa o un gobierno,  se compromete a pagar el principal y los intereses en los términos y plazos pactados. El inversionista les da su dinero, a cambio de lo cual recibe un bono, que el emisor debe honrar a tiempo. Unos tienen dinero para invertir (los inversionistas); otros tienen necesidades y piden prestado ese dinero por tiempos definidos (el emisor).

Por ello los emisores de bonos siempre están administrando la disponibilidad de sus recursos, lo que llamamos la liquidez, para hacer frente al pago oportuno del compromiso adquirido. Esa liquidez debe ser suficiente y debe además contemplar el tipo de moneda en que se debe hacer el pago al inversionista.

ESTRECHEZ DE LIQUIDEZ. Si se empieza a estrechar la liquidez, no solo se puede afectar el pago de los bonos emitidos, sino que se puede afectar el pago de las planillas, el pago de los proveedores de bienes y servicios, de la luz, del agua, de la papelería, de las materias para el trabajo, en fin, el ritmo de la actividad. Y si los gobiernos empiezan a sentir estrechez de liquidez,  esto  también les aplica.

Desde el punto de vista de los gobiernos, la liquidez la adquieren con los impuestos que cobran, con los préstamos externos que consiguen, con los ahorros (si los hay) en el manejo de los gastos presupuestarios o bien emitiendo deuda, sea interna o externa. Algunos gobiernos reciben donaciones que también les sirve como fuente de liquidez para enfrentar sus gastos.

En el caso de Costa Rica el gobierno también puede utilizar las llamadas Letras del Tesoro. Este es un endeudamiento directo con el Banco Central, que es caro, es inflacionario, requiere aprobación de la Junta Directiva del Central, es de corto plazo, no más de 90 días, y en todo caso debe cancelarse a fin de año. Si la memoria no me falla, si se usan las Letras del Tesoro, Hacienda y el Central deben informar a la Asamblea.  Todo esto está detallado en la Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos y en la Ley Orgánica del Banco Central.

FALTANTES DE PRESUPUESTO Y LIQUIDEZ. Y aquí conviene explicar la diferencia entre faltantes de presupuesto y faltantes de liquidez. Un faltante de presupuesto es cuando un gobierno debe hacer un gasto, pero no tiene la autorización presupuestaria para hacerlo. Por lo general, debe ir al Parlamento a pedir esa autorización.  Por su parte, el faltante de liquidez se da cuando al gobierno se le empieza a disminuir el efectivo aunque tenga autorización presupuestaria.  Lo que no tiene es la plata para pagar, aunque tiene autorizado hacer esos pagos.

ORIGEN DE ESTE COMENTARIO. Hago estos comentarios porque la semana pasada, cuando se informaron los resultados fiscales al mes de junio, desde el Gobierno se nos alertó sobre eventuales problemas de liquidez que podemos enfrentar en el corto plazo.  Estamos al límite del endeudamiento y la ausencia de recursos frescos para enfrentar compromisos ineludibles  nos exigen valorar medidas de emergencia, ante una eventual falta de liquidez, enfatizó, Helio Fallas, primer vicepresidente de la República y ministro de Hacienda” (Comunicado de Prensa del Ministerio de Hacienda,  del 20 de julio de 2017. Tomado del  WEB del Ministerio de Hacienda).

ALERTA A LOS MERCADOS. Esto dibuja una situación muy seria que debe ser presentada con claridad a los ciudadanos y debe ser debidamente atendida. Las consecuencias que se derivan de una situación de iliquidez pueden ser gravísimas. Un anuncio de este tipo alerta a las calificadoras de riesgo y a  los mercados. Las fuerzas políticas deben poner el mayor  cuidado a esta situación y dejar de lado los cálculos electorales.







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