NOTAS AL TEMA
RIESGO DE LIQUIDEZ
Guillermo
E. Zúñiga Chaves
El que emite un bono, sea un banco, una empresa o un gobierno, se compromete a pagar el principal y los
intereses en los términos y plazos pactados. El inversionista les da su dinero,
a cambio de lo cual recibe un bono, que el emisor debe honrar a tiempo. Unos
tienen dinero para invertir (los inversionistas); otros tienen necesidades y
piden prestado ese dinero por tiempos definidos (el emisor).
Por ello los emisores de
bonos siempre
están administrando la disponibilidad de sus recursos, lo que llamamos la
liquidez, para hacer frente al pago oportuno del compromiso adquirido. Esa liquidez
debe ser suficiente y debe además contemplar el tipo de moneda en que se debe
hacer el pago al inversionista.
ESTRECHEZ DE LIQUIDEZ. Si se empieza a estrechar la liquidez, no solo se puede afectar el
pago de los bonos emitidos, sino que se puede afectar el pago de las planillas,
el pago de los proveedores de bienes y servicios, de la luz, del agua, de la
papelería, de las materias para el trabajo, en fin, el ritmo de la actividad. Y
si los gobiernos empiezan a sentir estrechez de liquidez, esto
también les aplica.
Desde el punto de vista de los gobiernos, la liquidez la adquieren
con los impuestos que cobran, con los préstamos externos que consiguen, con los
ahorros (si los hay) en el manejo de los gastos presupuestarios o bien
emitiendo deuda, sea interna o externa. Algunos gobiernos reciben donaciones
que también les sirve como fuente de liquidez para enfrentar sus gastos.
En el caso de Costa Rica el gobierno también puede utilizar las
llamadas Letras del Tesoro. Este es
un endeudamiento directo con el Banco Central, que es caro, es inflacionario, requiere
aprobación de la Junta Directiva del Central, es de corto plazo, no más de 90
días, y en todo caso debe cancelarse a fin de año. Si la memoria no me falla,
si se usan las Letras del Tesoro, Hacienda y el Central deben informar a la
Asamblea. Todo esto está detallado en la
Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos y en la Ley Orgánica
del Banco Central.
FALTANTES DE PRESUPUESTO
Y LIQUIDEZ. Y aquí conviene explicar la
diferencia entre faltantes de presupuesto y faltantes de liquidez. Un faltante
de presupuesto es cuando un gobierno debe hacer un gasto, pero no tiene la
autorización presupuestaria para hacerlo. Por lo general, debe ir al Parlamento
a pedir esa autorización. Por su parte,
el faltante de liquidez se da cuando al gobierno se le empieza a disminuir el
efectivo aunque tenga autorización presupuestaria. Lo que no tiene es la plata para pagar,
aunque tiene autorizado hacer esos pagos.
ORIGEN DE ESTE
COMENTARIO. Hago estos comentarios porque la
semana pasada, cuando se informaron los resultados fiscales al mes de junio,
desde el Gobierno se nos alertó sobre eventuales problemas de liquidez que
podemos enfrentar en el corto plazo. “Estamos al límite del endeudamiento y la ausencia de recursos frescos para
enfrentar compromisos ineludibles nos exigen valorar medidas de
emergencia, ante una eventual falta de liquidez, enfatizó, Helio Fallas, primer
vicepresidente de la República y ministro de Hacienda” (Comunicado de Prensa del Ministerio de Hacienda, del 20 de julio de 2017. Tomado del WEB del Ministerio de Hacienda).
ALERTA A LOS
MERCADOS. Esto dibuja una situación muy
seria que debe ser presentada con claridad a los ciudadanos y debe ser
debidamente atendida. Las consecuencias que se derivan de una situación de
iliquidez pueden ser gravísimas. Un anuncio de este tipo alerta a las
calificadoras de riesgo y a los
mercados. Las fuerzas políticas deben poner el mayor cuidado a esta situación y dejar de lado los
cálculos electorales.
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